Las ITE en Jerez de la Frontera (IV)
07/07/2012 § Dejar un comentario
La inspección técnica de edificios en Jerez de la Frontera (IV)
El primer informe
El propietario de cada construcción o edificación debe conservar una copia de los informes de ITE que haya presentado. En caso de que transmita su propiedad, debe entregar dichas copias al nuevo adquirente.
Plazos máximos
Seguidamente se lista las fechas tope para presentar el primer informe de ITE en Jerez de la Frontera:
- Edificios incluidos en los Sectores de Rehabilitación Integral (Sector 1 “Rendona” y Sector 2 “Entorno Santiago”): 23/02/2010
- Edificios incluidos en el Sector 3 de Rehabilitación Integral “San Pedro”: 23/02/2011
- Edificios incluidos en el Sector 4 de Rehabilitación Integral “San Miguel”: 23/02/2012
- Edificios protegidos por el Planeamiento o que tengan más de 100 años de antigüedad: 23/02/2013
- Edificios que tengan entre 75 y 100 años de antigüedad: 23/02/2016
- Edificios que tengan entre 50 y 75 años de antigüedad: 23/02/2017
- Edificios que tengan entre 25 y 50 años de antigüedad: 23/02/2018
- Edificios que tengan entre 10 y 25 años de antigüedad: 23/02/2019
- Edificios que tengan menos de 10 años de antigüedad: deben presentar el primer informe de ITE dentro del año siguiente a aquel en que cumplan los 20 años de antigüedad.
Las ITE en Jerez de la Frontera (III)
06/07/2012 § Dejar un comentario
La inspección técnica de edificios en Jerez de la Frontera (III)
Incumplimiento, registro, licencia, certificado final y peligro inminente
El incumplimiento por los propietarios de la obligación de efectuar la ITE en el plazo y con los requisitos exigidos en la Ordenanza de Inspección Técnica de Edificaciones, constituye infracción grave o muy grave, a no ser que cumplan voluntariamente tras el primer requerimiento formulado al efecto por la Delegación de Urbanismo de Jerez de la Frontera, en cuyo caso tendrá la condición de leve. Si el incumplimiento se refiere a edificaciones o construcciones catalogadas, la infracción siempre se considerará muy grave.
Registro de Inspección Técnica
Tras la presentación del informe de inspección técnica de una construcción o edificación, quedará registrado la fecha de presentación y el contenido del informe. El registro creado a tal efecto en la Delegación de Urbanismo de Jerez de la Frontera tiene carácter público.
Licencia de obras
Si un informe de ITE dictamina que es necesario acometer obras para asegurar la estabilidad, la seguridad, la estanqueidad o la consolidación estructural, o bien para mantener o recuperar las condiciones de habitabilidad o de uso efectivo según el destino propio de la construcción o edificación, el propietario dispondrá de un plazo de un mes para solicitar la licencia correspondiente. La licencia debe solicitarse al menos para las obras necesarias para solventar todos los desperfectos y deficiencias graves. Si el propietario no solicita la licencia en el plazo establecido, la Delegación de Urbanismo de Jerez de la Frontera emitirá las correspondientes órdenes de ejecución e incoará el oportuno expediente sancionador.
Certificado final de obra
Una vez ejecutadas las obras, el propietario deberá aportar Certificado Final visado, el cual deberá concluir si la edificación o construcción reúne las necesarias condiciones de habitabilidad o uso efectivo.
Peligro inminente
Si el informe de ITE dictamina que existe peligro inminente para personas o bienes, el propietario debe, bajo la dirección de un técnico competente, adoptar todas las medidas provisionales y urgentes que eliminen dicho riesgo (apuntalamientos, apeos, retirada de elementos sueltos…). Tras la adopción de las medidas debe presentar certificado técnico que garantice la correcta ejecución de las mismas.
Daniel Trujillano, arquitecto http://www.arquitectotrujillano.com/ite ITE en Jerez de la Frontera y alrededoresLas ITE en Jerez de la Frontera (II)
25/06/2012 § Dejar un comentario
La inspección técnica de edificios en Jerez de la Frontera (II)
Primera presentación y renovaciones. Contenido del informe.
En Jerez de la Frontera, el primer informe de ITE de cada edificio debe presentarse en el Registro de entrada de la Delegación de urbanismo dentro del año siguiente a aquel en que el inmueble supera los 20 años de antigüedad. Tras la primera inspección, el informe debe renovarse:
- cada 15 años si el inmueble tiene menos de 50 años de antigüedad
- cada 10 años si tiene 50 años o más.
En cada caso, los plazos de renovación deben contarse a partir del vencimiento del plazo en que debió presentarse el informe anterior. Si transcurre el plazo máximo para la presentación del informe de ITE de un edificio y el propietario no cumple con su obligación, la Delegación de urbanismo le requerirá para que cumpla dentro de un nuevo plazo adecuado a las especiales características de su inmueble. Si transcurre el nuevo plazo y el propietario sigue sin presentar su informe, se iniciará el correspondiente procedimiento sancionador o bien la ejecución subsidiaria a costa del obligado.
Contenido del informe de ITE
El informe de ITE debe contener:
- una relación de desperfectos y deficiencias apreciados, con indicación de las posibles causas y con recomendación de medidas necesarias para asegurar la estabilidad, la seguridad, la estanqueidad y la consolidación estructural, así como para mantener o recuperar las condiciones de habitabilidad o de uso efectivo según el destino propio de la construcción o edificación
- el grado de ejecución y efectividad de las medidas adoptadas con motivo de los informes técnicos de las inspecciones anteriores
- una Conclusión final, que señalará inequívocamente si el edificio o construcción reúne o no las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad y ornato público recogidas en la legislación urbanística y de régimen de suelo
- la Ficha técnica de la edificación, que habrá de reflejar la realidad jurídica y urbanística del edificio.
Tras la presentación, los servicios jurídicos y técnicos de la Delegación de urbanismo de Jerez de la Frontera comprobarán la documentación aportada.
Daniel Trujillano, arquitectohttp://www.arquitectotrujillano.com/ite
Informes de ITE en Jerez de la Frontera
Las ITE en Jerez de la Frontera (I)
24/06/2012 § Dejar un comentario
La inspección técnica de edificios en Jerez de la Frontera (I)
Objeto, ámbito y obligación
El pasado 23 de febrero de 2009 entró en vigor la Ordenanza de Inspección Técnica de Edificaciones del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera. Los objetivos fundamentales de dicha ordenanza son, por un lado, la prevención de la seguridad de las edificaciones y de las personas (propietarios, inquilinos y viandantes), y por otro, el mantenimiento y conservación del patrimonio edificatorio de la ciudad.
Objeto
La Ordenanza de Inspección Técnica de Edificaciones tiene como propósito la regulación en el término municipal de Jerez de la Frontera de la obligación que tienen los propietarios de edificaciones y construcciones de realizar una inspección dirigida a determinar el estado de conservación de las mismas y el cumplimiento del deber recogido en el artículo 155 de la LOUA.
Ámbito de aplicación
En Jerez de la Frontera, las edificaciones y construcciones que están sujetas a la realización de inspecciones técnicas son:
- Las que tienen más de 20 años de antigüedad, entendiendo por antigüedad el tiempo transcurrido desde la fecha de terminación total de la construcción. En edificios que han sido objeto de obras de reforma integral, los plazos se cuentan a partir de la finalización de dichas obras y de la concesión de la preceptiva Licencia de primera utilización, entendiendo la edificación resultante de la reforma como de nueva planta.
- Las que se encuentran catalogadas o protegidas por el Plan General de Ordenación Urbana, los Catálogos o las demás figuras de Planeamiento.
Cumplimiento de la obligación
La ordenanza impone al propietario de cada edificación obligada la obtención de un informe expedido por un técnico competente, destinado a determinar el resultado de la inspección realizada. El técnico debe ser designado por el mismo propietario, a cuyo cargo queda el coste de los honorarios profesionales correspondientes. El informe de inspección debe ser presentado por duplicado en el Registro de entrada de la Delegación de Urbanismo de Jerez de la Frontera, acompañado de la Ficha técnica de la edificación, la Conclusión final y, en su caso, el Compromiso de ejecución.
Unidades constructivas
Hay que presentar un informe por cada edificación, a no ser que exista unidades constructivas ligadas por elementos estructurales, en cuyo caso se presentará un único informe común. En el centro histórico, las unidades prediales independientes que compartan muros medianeros deben presentar un informe cada una de ellas.
Daniel Trujillano, arquitectohttp://www.arquitectotrujillano.com/ite
Inspección Técnica de Edificios en Jerez de la Frontera
